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“Qué hacer si un familiar fallece en el Extranjero” en está guía encontrará información sobre los pasos que debe seguir

Qué hacer si un familiar fallece en el Extranjero

A Chile ingresan aproximadamente 34.000 extranjeros diariamente, según reseñó un artículo publicado por Publimetro.

Esto sucede porque cada vez es más fácil viajar, y establecer una nueva vida en el exterior.

Con ello también incrementa el riesgo de un fallecimiento por factores accidentales, climáticos o de otra índole.

La pérdida de un ser querido es un proceso difícil, pero lo es aún más cuando se está lejos del país de origen.

Lo más complejo de esta situación surge cuando hay desconocimiento de las leyes, reglamentos y regulaciones tras fallecer.

Es por eso que preparamos esta guía con las medidas que debe tomar en cuenta cuando un familiar fallece en Chile.

Documentación

Hay que asegurarse de tener la documentación requerida:

  • Documentos que acrediten la identidad y nacionalidad del fallecido.

  • Certificados de defunción.

  • En caso de muerte violenta, certificados emitidos por el Servicio Médico Legal.

  • De considerar la cremación y/o repatriación, los familiares deben tener el comprobante oficial de la solicitud al Seremi de Salud.

  • Las autoridades del país de origen del fallecido son responsables de expedir la documentación necesaria para el traslado internacional de los restos, entiéndase el consulado.

Hay algunos casos en los que la documentación varia. Por ejemplo, en casos como la sepultación -cuando la familia toma decisión de enterrar a su ser querido en el país donde falleció- no es necesario solicitar ningún tipo de documentación al Seremi.

Avisar a los organismo competentes

En este caso se debe dar aviso a la Embajada o Consulado del país de origen, ya que allí darán información concreta sobre la repatriación y sus costos. Actualmente la cineración es el método más utilizado por un tema de movilidad, ya que permite trasladar fácilmente los restos mortales de nuestros seres queridos, sin embargo es una decisión familiar realizar la repatriación del cuerpo para darle último adiós.

Informarse sobre las consecuencias del fallecimiento

Es importante saber bajo qué circunstancias falleció nuestro ser querido, ya que si fue consecuencia de un acto violento las autoridades ponen el caso bajo investigación, en una jurisdicción donde el Consulado o la Embajada no puede intervenir, simplemente informar a los familiares el status del proceso.

Seguro de viaje

Es recomendable que al momento de viajar al extranjero se adquiera un seguro de viaje que cubra la repatriación de restos, esto permite que el proceso sea más ágil.

Alternativas para darle descanso
a mi ser querido fallecido en el extranjero

Ser querido fallecido en el extranjero

Consultamos a Mauricio Newman, asesor de Necesidad Inmediata de Acoger.cl, sobre cuáles son las opciones que tienen los familiares para darle descanso a sus seres queridos que han fallecido en el extranjero. Nos contó que hay tres alternativas: la primera es el entierro en el país donde se reside, “en este caso Chile, donde es un trámite simple ya que se compra o arrienda una sepultura, con la documentación previamente descrita se tramita ante el cementerio, se contrata el servicio funerario, se traslada y se entierra”.

 “Sí los familiares optan por la cremación hay que solicitar la autorización al Seremi de Salud con la misma documentación de la persona fallecida, pero acá tiene que solicitarlo el familiar más directo (cónyuge, hijos, padres o hermanos), salvo que la persona en vida haya hecho un manifiesto de voluntad donde se haga de conocimiento su intención de ser cinerado”, explicó Newman sobre la segunda alternativa.

Y la tercera es la repatriación, proceso más largo que los anteriores pero de mayor valor para las familias que aún permanecen en el país de origen, ya que -por ejemplo para los latinos- es sumamente importante dar el último adiós a sus seres queridos y más aún si han estado lejos por mucho tiempo.

“Para poder proceder con la repatriación de un cuerpo desde y hacia el extranjero, primeramente hay que ir al consulado del país de origen del fallecido. Los familiares más directos que estén en el país deben acreditar su identidad y solicitar un certificado de filiación que debe ser debidamente apostillado (timbrado por organismo competente) por las autoridades chilenas para dar veracidad a la información expuesta. Luego se realizan una serie de procedimientos que les voy a contar ahora”, dijo Newman.

Datos útiles sobre la repatriación de un ser querido

– Mauricio, ¿qué es lo primero que debe hacer un familiar que recibe la noticia del fallecimiento de su ser querido en el extranjero?

Contactar al consulado y considerar las alternativas de disposición de cuerpo que te planteé, la más común es la repatriación. Un colombiano, por ejemplo, que está acá en Chile y falleció se le presentan dos situaciones, la primera que haya sido un deceso por causa natural y la segunda por causa accidental. Si es por causas naturales, la familia debe consignar y solicitar la documentación pertinente ante los organismos correspondientes. Para este procedimiento deben ser los familiares más cercanos los que consignen la documentación, para ello debe acudir al Consulado del país de origen y solicitar un certificado de filiación, que luego debe ser apostillado por las autoridades chilenas.

– ¿Cuál o cuáles organismos pueden prestar ayuda a los familiares del fallecido en calidad de extranjero?

La embajada y el consulado, puntualmente el Consulado de su país de origen. Conozco casos de países que no cuentan con consulado, en este particular habría que buscar cuál país tiene convenio bilateral con la nación de donde es la persona fallecida para así poder agilizar las solicitudes de documentación para poder hacer la repatriación.

– ¿Este organismo costea la repatriación de un cuerpo desde el exterior?

El Estado puede costear ciertos gastos, porque igual hay costos de por medio. Lógicamente el Consulado del país de origen del fallecido no está en la obligación de ayudar, salvo que haya sido una situación que lo amerite, como por ejemplo que la familia sea de escasos recursos.

– ¿Qué sucede en los casos de las personas que han fallecido y no tienen familiares residenciados en el mismo país?

En la ausencia de los familiares tras el fallecimiento quien autoriza directamente es el Cónsul del país de origen de la persona, él tiene toda la autoridad legal para disponer del cuerpo de la persona, en esta caso se opta por la cremación.

– Es decir, ¿que la decisión sobre la disposición del cuerpo ya estaría tomada en el caso que los familiares no estén residenciados en el mismo sitio que el fallecido?

El Cónsul tiene que determinar y velar por los intereses de la persona. Igual se esperan 48 horas para poder realizar este procedimiento, tiempo en el cual la familia puede manifestarse.

– Como familiar del fallecido, ¿qué documentos debe tener a mano tras recibir la noticia?

Se necesita un documento que acredite la nacionalidad de la persona a repatriar, los documentos que acrediten el parentesco directo de los familiares que harán la solicitud de repatriación de su ser querido, antecedentes del fallecimiento, fecha y lugar de defunción, respectivo certificado médico de defunción, autorización del Seremi y cualquier otra documentación especial que le será solicitada a los familiares para gestionar la solicitud.

– ¿Qué documentos deben solicitar a los organismos competentes con el fin de repatriar el cuerpo?

Las autorizaciones respectivas en cada organismo para proceder con la repatriación.

– ¿Cuáles son las exigencias sanitarias para la repatriación?

En caso de muerte por enfermedad contagiosa no puede ser repatriado el cuerpo, debe ser cinerado o sepultado. Una persona que murió por hepatitis o por cualquier otro virus contagioso no se considera para repatriación. Por ejemplo, una fruta, animal o planta debe cumplir con ciertas intervenciones a lo cual debe ser tratado para el ingreso a un país, un cuerpo tiene las mismas condiciones: tiene que ser tratado con todas las formalidades, hay que determinar si trae alguna enfermedad contagiosa, porque no se puede llevar un foco infeccioso a otro país. Hay casos particulares en los que tampoco se puede considerar la repatriación, por ejemplo pasó un caso muy particular, un brasileño que tuvo un accidente de tráfico en Valdivia. El cuerpo de esta persona quedó muy mal después del accidente porque tras el impacto cayó a un riachuelo y estuvo como 4 días allí. Luego por condiciones sanitarias ese cuerpo no podía ser repatriado, por lo tanto la orden del fiscal fue que la manera de sacarlo del país era cinerado. O sea, en este caso no fue una decisión de familia, sino una decisión legal porque en las condiciones que estaba ese cuerpo no iba a poder hacerse la repatriación.

"Al tramitarse la repatriación la persona fallecida viaja sola -si cumple con todas las exigencias sanitarias- por vía aérea al destino y en su país de origen debe ser recibido por agentes de la aduana que corroboren la documentación, para luego ser entregado a sus familiares"

– ¿Qué papel juega la contratación de un seguro de asistencia al deceso cuando se viaja al exterior?

Importante y muy simple: si vas, por ejemplo, a regiones y tienes un accidente en el que quedas grave o falleces, el seguro de asistencia en estos casos -si hay deceso- cubre todo el evento: levantamiento del cuerpo, preparación, tramitación de documentos y repatriación, que es el punto álgido de esta conversación. Lógicamente para realizar toda la diligencia la aseguradora se apoya del Consulado del país de origen de la persona.

Join the discussion 2 Comments

  • John carlos rivas dice:

    Mi hermano el dia 31 de oct fallecio tras se arrollado por un carro en santiago de chile el soat del carro cubre repatriacio gracias por la inf min cel 3153236579

    • Dadmelis Solorzano dice:

      Lamentamos mucho la pérdida de su ser querido. Si llégase a necesitar algo no dude en consultarnos. Estamos para ayudarnos en los momentos más difíciles. Un abrazo.

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